Cuando hablamos de cuentas de ahorro o productos financieros en bancos y entidades de crédito, es habitual oír hablar del Fondo de Garantía de Depósitos. Este sistema tiene como objetivo proteger a los depositantes frente a la insolvencia de una entidad financiera. En otras palabras, garantiza que tu dinero está protegido hasta cierto límite si el banco quebrase.
¿En qué consiste exactamente la garantía de depósitos?
La garantía de depósitos es un mecanismo legal destinado a proteger los ahorros de los clientes bancarios. En España, el sistema se basa en un fondo nacional: el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD), regulado por el Real Decreto-ley 16/2011. Su finalidad es compensar a los titulares de cuentas si la entidad financiera no puede devolverles su dinero.
Este fondo cubre depósitos en cuentas corrientes, cuentas de ahorro, imposiciones a plazo (depósitos a plazo fijo), así como valores y otros instrumentos financieros en caso de custodia o gestión. Quedan excluidos productos complejos como bonos subordinados o acciones.
¿Cuál es el límite cubierto por el Fondo de Garantía?
El FGD garantiza hasta 100.000 euros por titular y por entidad. Es decir, si tienes menos de esa cantidad en una sola entidad, todo tu dinero está protegido. Si tienes cuentas conjuntas, el límite se aplica de forma individual a cada titular: en una cuenta con dos titulares, el total cubierto sería de 200.000 euros.
En determinadas circunstancias, esta protección puede ampliarse hasta 500.000 euros durante un periodo de seis meses desde el ingreso, por ejemplo:
- Venta de una vivienda habitual.
- Pago de indemnizaciones o herencias.
- Cobro de seguros de vida.
¿Qué pasa si el banco entra en quiebra?
Si el Banco de España, a través del organismo supervisor como la CNMV o la Autoridad de Resolución Ejecutiva, declara que una entidad no puede devolver los depósitos, se activa el FGD. A partir de ese momento:
- Se informa públicamente de la situación.
- El fondo procede al pago automático de las cantidades cubiertas, sin necesidad de que el cliente lo solicite.
- El plazo legal máximo para recibir la compensación es de 7 días hábiles.
En casos puntuales, si hay errores o falta de datos, el proceso puede alargarse. Pero los derechos del depositante siguen vigentes: el derecho a compensación prescribe a los cinco años.
¿Y si tengo más de 100.000 euros en el FGD?
Si tienes más de 100.000 euros depositados en una misma entidad, la parte que exceda no está protegida por el FGD. En estos casos, puedes:
- Repartir el dinero entre varias entidades financieras, garantizando hasta 100.000€ por banco y por titular.
- Valorar si tu banco pertenece a un sistema adicional de garantía como: los fondos de garantía voluntarios o mecanismos de protección mutua entre entidades, presentes en algunas cajas rurales o cooperativas de crédito.
También puedes informarte sobre si el banco forma parte de un grupo bancario internacional, ya que, en ocasiones, diferentes marcas comerciales comparten el mismo fondo de garantía.
¿Qué ocurre con los bancos extranjeros que operan en España?
Si contratas un producto de ahorro con una entidad extranjera que opera en España bajo el régimen de libre prestación de servicios, tus depósitos estarán cubiertos por el sistema de garantía del país de origen. En la Unión Europea, todos los estados miembros están obligados a contar con un sistema de garantía que cubra al menos 100.000 euros por persona y entidad, en línea con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Sin embargo, la calidad de esa protección dependerá de la solvencia del país responsable. Por eso, en Hausera recomendamos revisar la calificación crediticia del país en el que está domiciliado el banco, especialmente si estás considerando contratar depósitos con entidades de países como Italia o Bulgaria, cuya deuda soberana tiene una calificación más baja que la española.
¿Qué diferencia hay entre garantía legal y garantía voluntaria?
En España, además del FGD, algunas entidades privadas participan en sistemas de garantía adicionales voluntarios:
- El Fondo de Garantía de Depósitos del Banco Cooperativo Español.
- Los mecanismos de protección mutua de las cajas rurales.
Estas garantías pueden cubrir importes superiores a los 100.000€, aunque no ofrecen la misma seguridad jurídica, ya que no existe un derecho automático de compensación. Por tanto, si planeas depositar grandes cantidades, es recomendable informarte bien sobre la naturaleza del sistema de protección de la entidad.
¿Y si tengo una caja de seguridad o una cuenta en divisa?
Las cajas de seguridad no están cubiertas por el FGD, ya que su contenido no es un depósito bancario. Sin embargo, en caso de intervención o resolución de una entidad, los clientes pueden reclamar el contenido de sus cajas en virtud del llamado derecho de separación.
En cuanto a las cuentas en divisa, por ejemplo, en dólares o francos suizos, también están protegidas por el FGD. Eso sí, si se activa la garantía, la compensación se realiza en euros, aplicando el tipo de cambio vigente en el momento de la quiebra.
¿Es fiable el Fondo de Garantía de Depósitos?
En términos generales, el sistema de garantía de depósitos en España es considerado muy sólido. Está respaldado por la normativa europea, gestionado por el Banco de España y financiado mediante aportaciones periódicas de las propias entidades financieras.
Eso sí, como toda herramienta de protección financiera, no es infalible. En un escenario extremo de colapso sistémico o crisis financiera global, la capacidad de cobertura podría verse comprometida. Aun así, este tipo de escenarios son considerados altamente improbables.
¿Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos y cómo protege tu dinero?